Elegir la forma jurídica adecuada es una de las decisiones más cruciales al lanzar una startup. En España, las opciones más comunes para proyectos empresariales con potencial de crecimiento son la Sociedad Limitada (SL) y la Sociedad Anónima (SA). La elección impactará en la gestión diaria, la financiación futura y la estructura de capital. Desde EDM Legal, tu bufete en Vigo, A Coruña y Madrid, analizamos las claves para ayudarte a tomar la mejor decisión.
Capital social y flexibilidad
La Sociedad Limitada (SL) es la alternativa preferida por la mayoría de las pymes y startups en etapas iniciales debido a su menor exigencia de capital social, fijada en tan solo 3.000 €. Además, ofrece una mayor flexibilidad en la redacción de los estatutos sociales y en la transmisión de participaciones, aunque esta última suele estar restringida a los socios iniciales, lo que puede simplificar la gestión interna.
Por otro lado, la Sociedad Anónima (SA) exige un capital social mínimo de 60.000 €, de los cuales debe desembolsarse al menos el 25 % en el momento de la constitución. Esta cifra, sustancialmente mayor, refleja su orientación a grandes proyectos o aquellos que requieren de una inversión inicial significativa.
Entrada de inversores y crecimiento
Una de las principales ventajas de la Sociedad Anónima (SA) es su estructura orientada a la atracción de grandes capitales y la entrada de nuevos inversores. La división del capital en acciones, que son títulos fácilmente transmisibles, simplifica enormemente las rondas de inversión, la posible salida a bolsa (OPV) y la negociación en mercados secundarios.
La Sociedad Limitada (SL), si bien permite rondas de inversión, la transmisión de las participaciones sociales suele ser más formal y compleja, requiriendo a menudo la aprobación de los socios existentes o el ejercicio de derechos de adquisición preferente. Si tu startup tiene un plan de crecimiento agresivo y necesita rondas de financiación muy grandes en el corto plazo, la SA podría ser la mejor opción estratégica.
Estructura y órganos de gobierno
En términos de estructura, la SL es más sencilla y menos rígida. Los órganos de gobierno principales suelen ser la Junta General de Socios y el Órgano de Administración (Administrador Único, Solidario o Mancomunado). La gestión es generalmente más ágil y menos burocrática.